martes, 7 de febrero de 2012

Procedimiento de Reclamo del Servicio de Energía Eléctrica - Primera Parte

Hola consumidor - consumidora el día de hoy estaremos hablando sobre los procedimientos para realizar un reclamo del servicio de energía eléctrica por ALTA FACTURACION  y las instancias a las que se debe avocar:

Primera Instancia: Disnorte- Dissur - Sucursal más cercana. Línea Telefónica: 125
 El Usuario tiene 15 días hábiles a partir de la recepción de la factura para interponer su reclamo ante la oficina de atención al Consumido.
Dicha oficina emitirá resolución en un plazo de 5 días.
Si la resolución es desfavorable, el usuario puede interponer su reclamo ante el o la Responsable de la oficina comercial de Disnorte- Dissur.
El o la Responsable de la oficina comercial tiene un plazo de 3 días para emitir resolución.
Si la resolución es emitida fuera del plazo o no emiten respuesta el reclamo procederá a favor del usuario.
Si la resolución es desfavorable, se podrá interponer Recurso de Apelación ante el  Instituto Nicaragüense de Energía (INE) en un plazo de 10 días.

viernes, 3 de febrero de 2012

¡Requisitos para realizar un reclamo!


Se debe de realizar por escrito  con los siguientes datos:
·        Fecha
·        A quien va dirigida (oficina que se realiza el reclamo)
·        Nombres y generales del demandante
·        Exposición de motivos o relación de los hechos que origina la demanda (describir el problema que tú tienes)
·        Petición
·        Adjuntar copias  de los recibos o documentos relacionados con la demanda
·        Firma del demandante
·        Direccion del demandante para notificaciones

lunes, 30 de enero de 2012

Ley 182 “Ley de Defensa de los Consumidores y su Reglamento”



Capitulo III
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES  Arto 12
 
Arto: 12     Los consumidores tienen  derechos a:

a.       Protección de la salud  y seguridad en el consumo de bienes y servicios.
b.      Educación para el consumo.
c.       Una Información veraz, oportuna, clara y adecuada sobre los bienes y servicios  disponibles en el mercado.
d.      Un trato equitativo  y no abusivo por parte de los proveedores de bienes y servicios.
e.       Una  reparación  integral, oportuna y adecuada de los daños y perjuicios sufridos y que sean responsabilidad del proveedor.